MONTEVIDEO/URUGUAY - (Texto em idioma
espanhol) - El Gobierno de Uruguay anunció la extensión de los beneficios a los
turistas hasta el 30 de abril de 2020. De esta manera se alargó el plazo que
estaba establecido hasta el 31 de octubre de este año. La decisión busca no
perder competitividad debido a la situación derivada de las elecciones internas
en la República Argentina, del domingo 11 de agosto, que resultó en una fuerte
devaluación en ese país, que es el principal emisor de turismo hacia Uruguay,
en el orden de más del 60%.
La Ministra de Turismo, Liliam Kechichian, (foto acima) - dijo la
semana pasada que en 2018, las exoneraciones fiscales le costaron al país 30
millones de dólares, pero el ingreso de divisas fue de 2.200 millones. “Si
hacemos esa cuenta, siempre es beneficiosa la exoneración de IVA a los
turistas”, afirmó al diario La República. La decisión se tomó en momentos en
que se comienza a publicitar la temporada de verano, a fin de poder utilizar
esos beneficios como herramienta de competitividad y promoción.
Los beneficios
Se trata de la devolución de 22 puntos de IVA sobre servicios
turísticos prestados a personas fisicas, siempre que sean abonados mediante
dinero electrónico, tarjetas de débito y/ o crédito. La empresa emisora de la
tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el descuento que figure en el
ticket emitido por el POS.
Los servicios comprendidos son:
01 - Servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes,
bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por
hoteles, moteles, apart-hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de
campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo, camping y hostels,
siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
02 - Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
03 - Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal
anterior.
04 - Arrendamientos de vehículos sin chofer.
05 - Servicios de mediación en el arrendamiento de inmuebles con
destino turístico.
06 - Devolución del 10,5% del precio del arrendamiento de inmuebles con
fines turísticos a arrendatarios que sean personas físicas no residentes,
siempre que el arrendamiento se realice en Inmobiliarias registradas y el medio
de pago utilizado, sea tarjeta de débito o crédito emitida en el exterior. La
empresa emisora de la tarjeta deberá incluir en el estado de cuenta, el
descuento que figure en el ticket emitido por el POS.
Otros beneficios vigentes durante todo
el año:
01 - Régimen de Tax Free para compras de productos incluidos en el
régimen, realizadas en comercios adheridos al sistema, cumpliendo el trámite
correspondiente en el momento de la compra y en tanto el egreso del país se
produzca a través de alguno de los siguientes pasos de frontera: Aeropuerto
Internacional de Carrasco, Aeropuerto de Laguna del Sauce, Puerto de
Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del
Este, Puente Salto-Concordia, Puente Paysandú-Colón, Puente Fray Bentos-Puerto
Unzué y Chuy.
Al momento de dejar el país, deberá completarse el trámite
correspondiente para el reintegro, en los puestos debidamente identificados.
IVA - Cero en Hoteles.
02- Beneficio válido para extranjeros presentando documento de
identidad emitido en el exterior. Al estar exonerado, este consumo se factura
sin IVA, por lo tanto el impuesto no se cobra, no generando devolución. Los
peajes se pueden pagar en Pesos Uruguayos, Pesos Argentinos, Reales o Dólares.
DESDE - URUGUAY -Jornalista María Shaw
Tacuarembó 1361 / 902 - Montevideo, Uruguay
Móvil (598) 94 416366
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